5 ago 2010

Asofondos insiste en ampliar edad de pensión

Mauricio Jaramillo Quijano

La República, Bogotá

Agosto 5 de 2010

Bogotá. Los colombianos van a vivir más y a cobrar durante más tiempo pensiones, según la nueva tabla de mortalidad de la Superintendencia Financiera de Colombia, que alargó la esperanza de vida de los hombre a 80 años y las de las mujeres a 85 años.


Lo anterior unido a los desequilibrios que existen en el sistema de prima media, le hace pensar a Santiago Montenegro, presidente de Asofondos, que el nuevo gobierno debe sacar adelante una reforma en el Congreso para evitar que en un futuro, estalle una bomba pensional.


Entre las medidas que habría que tomar, Montenegro destacó la de aumentar los años de cotización, y para empezar aconsejó igualar la edad de jubilación entre hombres y mujeres.


"Hay que tomar medidas preventivas para que dentro de 15 o 20 años no explote el régimen de prima media. Si no, nos puede pasar como en Europa, donde les fue necesario bajar el monto de las mesadas pensionales, por la crisis fiscal. Además del aumento en la edad de jubilación, Montenegro recalcó la necesidad de reducir la informalidad laboral en Colombia para aumentar los aportes pensionales.


Así las cosas, el presidente de Asofondos espera que se adelante el tiempo para aumentar la edad de jubilación, que según el acto legislativo 01 de 2005, está proyectado para 2014. Según esta norma, desde enero de 2014, está establecido que se aumente la edad de pensión a 57 años para las mujeres y a 62 años para los hombres. Así mismo, las semanas aumentarán anualmente en 25 hasta llegar en el año 2015 a 1.300.


Sin embargo, Montenegro recordó que con la expiración de los regímenes especiales o exceptuados de acuerdo al mismo acto legislativo, se disminuyó la presión que las pensiones del régimen de prima media ejercían sobre el fisco.


Entre otras medidas, este acto legislativo, que entró a regir desde el 31 de julio de 2010, prohibió pactar requisitos especiales en convenciones colectivas, pactos y laudos arbitrales diferentes a los contenidos en la Ley 100 del año 1993. Así mismo, Montenegro recordó que el régimen de transición que estableció esta ley, también expiró el pasado mes de julio.


El dirigente gremial mencionó que sólo se mantienen como regímenes especiales, el del Presidente de la República y el de la Fuerza Públic
a.